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CCOO solicita que Médicos Forenses, Cuerpos especiales del INTCF y Auxiliares de Autopsia sean vacunados junto con el personal sanitario


11 ene 2021


  • Vacunación contra el COVID-19 de M. Forenses, Cuerpos Especiales del INTyCF y Auxiliares de Autopsia

CCOO SOLICITA AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA LA ASIMILACIÓN DEL PERSONAL MÉDICO FORENSE, DE LOS CUERPOS ESPECIALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE TOXICOLOGÍA Y AUXILIARES DE AUTOPSIA AL PERSONAL SANITARIO A EFECTOS DE LA DISPENSACIÓN DE LA VACUNA CONTRA EL COVID-19

CCOO hemos comunicado por escrito al Ministerio de Justicia y la autoridad sanitaria que el personal funcionario de los Cuerpos de Médicos Forenses y Facultativos, Técnicos de Laboratorio y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y el personal laboral de la categoría profesional de Auxiliar de Autopsia, dadas sus funciones, se encuentra expuesto a un riesgo de contagio por coronavirus superior a la población general, siendo estos riesgos equiparables a los del personal sanitario

En concreto, el personal del Cuerpo de M. Forenses y de la categoría de Auxiliar de Autopsia, tanto por los continuos reconocimientos médicos y levantamientos de cadáver en el caso del primer colectivo y por la realización o intervención en la práctica de autopsias en ambos casos, que pueden suponer contactos directos con personas contagiadas, CCOO entendemos que debe ser equiparado al grupo 2 (Personal sanitario de primera línea) según el orden de priorización establecido en el documento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud Estrategia de Vacunación frente a COVID-19 en España de 2 de diciembre de 2020

En cuanto al personal de los cuerpos especiales del INTyCF, el manejo continuo de muestras susceptibles de estar infectadas por el SARS-COV-2, especialmente en los servicios de Histopatología, Química y Drogas y Biología, justifica, a juicio de CCOO, su equiparación al grupo 3 (Otro personal sanitario y sociosanitario) en el mencionado orden de priorización en la dispensación de vacunas

Por todo ello CCOO hemos solicitado que desde el Ministerio de Justicia se gestione ante las autoridades sanitarias la inclusión de los colectivos de Médicos Forenses y Auxiliares de Autopsia en el Grupo 2 y al colectivo de cuerpos especiales del Instituto Nacional de Toxicología en el Grupo 3 de los establecidos como prioritarios en la Estrategia de Vacunación frente a COVID-19 en España, garantizándoles la dispensación de la vacuna en los mismos plazos que se establezcan para el personal sanitario de ambos grupos

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Aprobados los Presupuestos Generales del Estado con las enmiendas de CCOO para la negociación de la subida del complemento específico del ámbito no transferido y para la regulación definitiva de los errores de cotización a la Seguridad Social


23 dic 2020



La aprobación definitiva en Senado de los Presupuestos Generales del Estado para 2021 (sin ninguna enmienda respecto a lo aprobado en el Congreso) confirma que
CCOO consigue importantísimos avances para el personal de la Administración de Justicia

EL MINISTERIO DE JUSTICIA QUEDA OBLIGADO A NEGOCIAR EL INCREMENTO DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO EN EL ÁMBITO NO TRANSFERIDO, Y EL GOBIERNO EN CONJUNTO A APROBAR LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS NECESARIAS PARA ELLO

TODOS LOS PERIODOS TRABAJADOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, AUNQUE NO CONSTE SU COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL, SERÁN TENIDOS EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DE LAS PENSIONES

Inmediatamente a la publicación en el BOE de la Ley de PGE de 2021, ya definitivamente aprobada, CCOO solicitará por escrito al Ministerio de Justicia el inicio de las negociaciones para la subida del complemento específico de todo el personal no transferido

Esta ley de presupuestos recoge literalmente el texto propuesto en exclusiva por CCOO a los grupos parlamentarios y al Ministerio de Justicia

Disposición adicional centésima quincuagésima séptima. Adecuación del complemento específico del personal al servicio de la Administración de Justicia

Se procederá a la negociación en el ámbito de la Mesa de Retribuciones y Empleo de la Administración de Justicia de un incremento en los complementos específicos del personal de los Cuerpos de Auxilio Judicial, de Tramitación Procesal y Administrativa, de Gestión Procesal y Administrativa, de Médicos Forenses y de los cuerpos especiales del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, para adecuar los mismos al volumen y responsabilidad en el trabajo y aproximarlas a las que se perciben en puestos equivalentes en otros ámbitos

Igualmente se procederá a la adecuación salarial del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en relación con las nuevas funciones asumidas por este Cuerpo en las últimas reformas procesales y organizativas

Para ello, el Gobierno adoptará los acuerdos que correspondan en orden a la dotación presupuestaria adecuada a la presente disposición


CCOO ha conseguido que sean reconocidos a efectos de jubilación, sin necesidad de más demandas judiciales, los periodos trabajados y no cotizados

Esta medida afecta tanto a los periodos anteriores a 1990 en los que el personal interino no cotizaba a ningún sistema de Seguridad Social como a numerosísimas lagunas de cotización posteriores a dicha fecha en las consta la cotización del personal a la Seguridad Social pero no la “cuota patronal” que debería haber abonado el Ministerio de Justicia

En diciembre de 2015, CCOO y otros sindicatos firmamos con el Ministerio de Justicia un acuerdo que, de no haber sido incumplido por este Ministerio, habría dado solución a este problema, pero únicamente CCOO ha sabido encontrar otra vía y no habrá, a partir de ahora, ninguna merma en la cuantía de las pensiones por estos errores en las cotizaciones a la Seguridad Social

La Ley de PGE de 2021 aprobada hoy recoge textualmente lo que CCOO ha propuesto a los grupos parlamentarios:

Disposición Adicional centésima quincuagésima octava. Reconocimiento de las cotizaciones a la Seguridad Social al personal de la Administración de Justicia

El Gobierno procederá a revisar, de oficio o a petición de las personas interesadas, y reconocer como cotizados los periodos que consten trabajados y no cotizados del personal de justicia que presente diferencias entre los períodos efectivamente trabajados que figuren en el certificado de servicios prestados y los que figuran en su certificación de cotizaciones

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CCOO denuncia que no se han cumplido los objetivos de los Acuerdos para la Mejora del Empleo Público y las Condiciones de Trabajo suscritos en 2017 y 2018





  • Según el sindicato no se han alcanzado los compromisos ni en consolidación de empleo ni en recuperación del poder adquisitivo ni en la mejora de las condiciones de trabajo, por lo que exige soluciones y la negociación inmediata de un nuevo Acuerdo.

En la Comisión de Seguimiento de los Acuerdos para la Mejora del Empleo Público y las Condiciones de Trabajo, CCOO ha manifestado que los compromisos no se han cumplido en toda su extensión en materia retributiva y en materia de la mejora de las condiciones laborales y están muy lejos de alcanzarse en materia de estabilización del empleo y bajada de la temporalidad en las plantillas de los sectores públicos.

En materia retributiva hay 3 comunidades autónomas que no han aplicado aún la subida del 2% y hay dificultades generalizadas con el cumplimiento en materia de fondos adicionales. En lo relativo a condiciones laborales, no se han desarrollado los planes de igualdad y no se han generalizado las mejoras en jornada laboral, entre otras cuestiones.

En la estabilización del empleo y la reducción de la temporalidad los datos que ha dado el Ministerio de Política Territorial y Función Pública sobre plazas de estabilización arrojan que, de las plazas susceptibles de convocatoria, solo el 63,8% se han convocado y únicamente el 17,9% han completado su ejecución, sin aportar datos de entidades locales, sector público empresarial o plazas que están fuera de las relaciones de puestos de trabajo o plantillas.

CCOO ha añadido que si sumamos las plazas de reposición y vemos el total, el porcentaje de plazas convocadas es del 34,94% y las terminadas de ejecutar representan el 15,57%. A esto hay que añadir las plazas necesarias que nunca se llegaron a aprobar.

El sindicato ha vuelto a recordar que el porcentaje de temporalidad en los sectores públicos estaba, antes de la pandemia, por encima del 24%, cifra que se ha visto incrementada en gran medida por la situación provocada por el Covid-19.

Los datos de cumplimiento son en extremo decepcionantes y la dejación de las Administraciones Públicas, enorme. Para CCOO es absolutamente imprescindible establecer medidas que obliguen a que los acuerdos se cumplan y se apliquen sanciones para los gestores que no lo hagan. También deben establecerse modificaciones legislativas para reducir la gran latencia entre las diferentes fases de los procedimientos.

Es necesario cumplir los acuerdos en su integridad y negociar soluciones para dar respuesta la alta tasa de temporalidad actual, que tengan en cuenta la situación del personal temporal de larga duración, y poner las medidas para que no se vuelva a producir esta situación. En cualquier caso, ninguna medida puede penalizar o castigar a los trabajadores y las trabajadoras que no son responsables de la mala gestión de las administraciones. Por supuesto, como primer paso, se muestra claramente imprescindible eliminar cualquier limitación en la tasa de reposición de efectivos.

CCOO exige la negociación de un nuevo Acuerdo que incluya todos los temas que el sindicato ha planteado en materia de empleo, incremento de plantillas, jornada, carrera y clasificación profesional, así como seguir en la senda de la recuperación del poder adquisitivo y del resto de condiciones de trabajo.

Igualmente, las modificaciones del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Función Pública de la Administración General del Estado deben ser un objetivo prioritario en la negociación.

En ese sentido, igualmente el sindicato quiere estar en el gobierno de la necesaria transformación de las administraciones públicas, y esto incluye su proceso de digitalización y modernización.

El Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública ha manifestado que están trabajando en las cuestiones planteadas y se ha comprometido al diálogo y a la negociación de un nuevo Acuerdo con las organizaciones sindicales.

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CCOO logra una nueva sentencia favorable a los derechos del personal de Justicia: estimación parcial de una demanda por la que se reconoce el derecho de una trabajadora en sustitución vertical al abono de las pagas extras del puesto desempeñado, salvo trienios


18 dic 2020


  • CCOO logra una nueva sentencia favorable a los derechos del personal de Justicia: El TSJ de Madrid dicta sentencia sobre las sustituciones de cuerpo superior (en este caso, una sustitución del cuerpo de Auxilio a Tramitación) en una de las numerosas demandas presentadas por nuestro sindicato para lograr de una vez el cumplimiento del principio constitucional, de a igual trabajo, igual salario, sentencia que aún no es firme.

LA ASESORÍA JURÍDICA DE CCOO GANA PARCIALMENTE UNA NUEVA DEMANDA JUDICIAL POR LA QUE SE RECONOCE EL DERECHO DE UNA TRABAJADORA DESTINADA EN EL ÁMBITO NO TRANSFERIDO, QUE DESEMPEÑA UNA SUSTITUCIÓN EN EL CUERPO SUPERIOR, AL ABONO EN LAS PAGAS EXTRAS DE LAS MISMAS RETRIBUCIONES CORRESPONDIENTES AL PUESTO QUE DESEMPEÑA POR SUSTITUCIÓN, SALVO LOS TRIENIOS

No obstante, la sentencia considera que los trienios son retribuciones básicas ligadas al sueldo base y que éste es el del cuerpo de origen, por lo que no acepta la reclamación de CCOO de que toda persona que ocupa un puesto por sustitución debe percibir también el sueldo base y el trienio del cuerpo que sustituye y que el trienio debe consolidarse en el cuerpo que se ocupa en el momento de cumplirlo. Y la sentencia añade que debe ser objeto de una reclamación específica si la cotización de clases pasivas debe ser del cuerpo que se sustituye 



El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia sobre una de las demandas presentadas por CCOO, en representación de una compañera afiliada, sobre la justa reclamación para el abono de todas las retribuciones del cuerpo superior en las sustituciones de cuerpo de nivel superior, también en las pagas extras.

La sentencia determina que también tienen que ser incluidas en las pagas extraordinarias las retribuciones percibidas en concepto de “desempeño conjunto”, que equipara el sueldo base del cuerpo de origen y del cuerpo en el que se sustituye.

CCOO lleva años demandando a las diferentes administraciones que cumplan con el principio constitucional de, a igual trabajo, igual salario. Por eso, entre otras demandas, CCOO sigue reclamando en su acción sindical, y en paralelo en la vía jurídica, que se reconozcan el 100 % de las retribuciones del cuerpo al que se sustituye.

Pero el Ministerio de Justicia y prácticamente todas las CCAA con competencias, en mayor o menor medida, incumplen ese principio, lo que para CCOO, además de tremendamente injusto y crear una desigualdad salarial intolerable (pues tanto el personal titular como el interino que ocupa plaza de cualquier cuerpo percibe retribuciones superiores al personal que ejerce sustitución vertical en la misma plaza), podría constituir, además, un enriquecimiento ilícito de la Administración, que de esta manera actúa para que la ocupación de puestos de trabajo de nivel superior sean retribuidos con salarios inferiores a las funciones que realizan.

La sentencia ganada por CCOO abre la esperanza de que podamos lograr, en un plazo breve mediante la acción judicial, pero sin abandonar la presión sindical, de una vez, la igualdad salarial entre todos los puestos del mismo cuerpo, sea personal titular del cuerpo, personal interino de ese mismo cuerpo, y el personal que realiza la sustitución vertical en ese cuerpo.

CCOO se pone a disposición de su afiliación, y de todo el personal de la Administración de Justicia, en la lucha por lograr esta igualdad salarial entre personas que ocupan puestos del mismo cuerpo en cualquiera de sus formas: cobertura por personal titular, por personal interino o por personal que tiene nombramiento para ejercer sustituciones verticales del cuerpo superior. Objetivo para el que esta sentencia es un importante paso adelante, aunque la misma debe ser aún confirmada para su declaración de firmeza en el caso de que sea recurrida por la Administración o por CCOO, que está estudiando el recurso por las cuestiones no aceptadas.
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El Ministerio de Justicia acepta algunas propuestas de CCOO sobre el teletrabajo que son todavía insuficientes


10 dic 2020



Segunda reunión de la Mesa Sectorial para la negociación del teletrabajo

EL MINISTERIO DE JUSTICIA ANUNCIA VERBALMENTE QUE ACEPTA ALGUNAS DE LAS PROPUESTAS DE CCOO Y OTROS SINDICATOS  Y QUE LA SEMANA PRÓXIMA NOS REMITIRÁ UN NUEVO TEXTO DE LA RESOLUCIÓN CON LA INCORPORACIÓN DE ESAS PROPUESTAS ACEPTADAS

 

Las negociaciones continuarán en el mes de Enero próximo y CCOO hemos insistido en que no haya arbitrariedades, discrecionalidad ni unilateralidad en las autorizaciones de teletrabajo, que se incremente la participación sindical en toma de decisiones, que la administración facilite los medios y su mantenimiento, que extreme la vigilancia de la salud laboral, que todas las administraciones con competencias estén obligadas a implantar el teletrabajo, que se extienda al personal laboral, que se garantice la formación profesional dentro de la jornada laboral y que se eleve el porcentaje de la plantilla que podrá teletrabajar en cada centro

 

En la mañana del día de hoy se ha producido una nueva reunión de la Mesa Sectorial para continuar la negociación del teletrabajo. A pesar de que habíamos enviado nuestras propuestas de modificación del borrador inicial con mucha antelación (ver hoja informativa de CCOO del pasado 1 de diciembre), el Ministerio no ha aportado ningún nuevo documento escrito incorporando las propuestas sindicales a las que ha hecho una referencia somera que se ha comprometido a plasmar por escrito


Aunque comprobaremos lo que se ha aceptado cuando se nos facilite el nuevo documento, de las explicaciones verbales recibidas no deducimos suficientes avances que nos permitan todavía llegar a ningún acuerdo, siendo las principales novedades anunciadas en relación con las propuestas de CCOO las siguientes:

  • Se elimina la referencia a la posibilidad de efectuar trabajos de otro centro distinto a aquél en el que se está destinado
  • Se podrá mejorar esta resolución a través de la negociación colectiva en los distintos ámbitos competenciales territoriales
  • Se evaluará el impacto de género periódicamente
  • Podrán sucederse varias prórrogas anuales sucesivas en las autorizaciones
  • Se garantiza la negociación con los sindicatos de los derechos colectivos
  • Se elimina la obligatoriedad de informe del “Fiscal Jefe Provincial, Secretario Coordinador Provincial o Director del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses o del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses” que inicialmente se pretendía exigir además del de la persona responsable funcional del centro de trabajo
  • Se acepta la realización de alegaciones por quien solicite el teletrabajo y no obtenga informe favorable de su responsable funcional antes de la resolución definitiva
  • Se acepta la inclusión de los requisitos de salud laboral que debe cumplir el puesto de trabajo
  • Habrá una referencia genérica al obligado cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
  • Se establecerá una comisión de seguimiento Ministerio-Sindicatos dependiente de la Mesa Sectorial

CCOO hemos reclamado también la corrección del lenguaje de la resolución para el mismo sea inclusivo y no discriminatorio hacia las mujeres trabajadoras, propuesta que ha sido aceptada

La Directora General para el Servicio Público de Justicia, que tiene la última palabra en la toma de decisiones sobre este tema ha manifestado su imposibilidad justificada de asistir a esta reunión, por lo que no ha sido posible conseguir nuevos avances en las propuestas de CCOO verbalmente rechazadas

Quedamos, por tanto, a la espera del nuevo borrador de resolución y seguiremos trabajando para avanzar en nuestras propuestas en las que seguiremos defendiendo:
  • Que la autoridad competente para la concesión o denegación del teletrabajo sea siempre la administración; las personas responsables funcionales de las oficinas se limitarán a la emisión de informes, que no serán vinculantes y traslado de las solicitudes
  • Que todo lo relacionado con las autorizaciones de teletrabajo, extinción de las mismas, ampliación de los tres días semanales para trabajar, modificaciones de jornada, etc., sea negociado con las organizaciones sindicales
  • Que se remitan al Comité de Seguridad y Salud y personas delegadas de prevención los cuestionarios de evaluación de riesgos laborales y se cumpla la totalidad de la Ley en materia de prevención
  • Que la administración acepte la obligatoriedad de dotar al personal de un ordenador personal, un terminal y un número de telefonía móvil, un teclado y ratón independientes, un reposamuñecas, un portadocumentos y el material de oficina necesario. Asimismo se proveerá de una silla ergonómica y de un reposapiés a quien así lo solicite
  • Que se garantice un servicio técnico de apoyo con número de teléfono gratuito
  • Que se abone una gratificación de 20 euros mensuales para sufragar el aumento de los gastos de electricidad, internet, adaptación del mobiliario, etc
  • Que se garantice la formación obligatoria y siempre dentro de la jornada laboral para el óptimo uso de los medios telemáticos y para otros aspectos muy importantes como la prevención de riesgos o la protección de datos de carácter personal
  • Que se establezca un plazo determinado para que todas las administraciones cumplan con su obligación legal de dotar a todos los órganos, oficinas judiciales y fiscalías de los medios e instrumentos electrónicos y de los sistemas de información necesarios y suficientes para poder desarrollar su función eficientemente, y a que estos sistemas sean plenamente accesibles a través del teletrabajo
  • Que no se discrimine al personal teletrabajador respecto al personal presencial y viceversa, respetándose en ambos casos la totalidad de derechos y las mismas obligaciones
  • Que la regulación del teletrabajo del personal funcionario se extienda de forma negociada al personal laboral colaborador de la Administración de Justicia
  • Que el porcentaje de personas que puedan teletrabajar en un mismo centro se amplíe del 30 al 40% en todas las oficinas y servicios
  • Que se garantice el derecho a la desconexión digital

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CCOO exige al Ministerio de Justicia la negociación inmediata de los aspectos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que afectan a las condiciones de trabajo


25 nov 2020



Aprobado ayer en el Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal 

CCOO EXIGIMOS EL INICIO INMEDIATO DE LAS NEGOCIACIONES PARA GARANTIZAR LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LOS JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN Y FISCALÍAS

El anteproyecto de ley contempla el traspaso de la investigación de los delitos desde los juzgados de instrucción a las fiscalías y el Ministerio de Justicia tiene que comprometerse con CCOO, y el resto de sindicatos representativos, a garantizar las retribuciones actuales por guardias de quién actualmente las percibe ni suponga el traslado forzoso de ningún/a trabajador/a

El Gobierno ha dado luz verde a la tramitación del Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal que, como aspecto que más puede afectar a nuestras condiciones de trabajo, asigna al Ministerio Fiscal la investigación de los delitos que ahora tienen encomendada los juzgados de instrucción. Aun no se conoce el texto completo del anteproyecto pero las líneas fundamentales de su contenido pueden deducirse de la referencia del Consejo de Ministros (y de Ministras) celebrado ayer

Sin perjuicio de otras novedades que puedan contenerse en el texto de esta Ley, este nuevo modelo de proceso penal va a influir de forma muy significativa en el trabajo que desarrollamos en los Juzgados de Instrucción y en la Fiscalías y, por tanto, va a afectar a nuestras condiciones de trabajo. Fundamentalmente nos preocupa:

- Quién hará y, por tanto, cobrará las guardias. Sería intolerable para CCOO cualquier decisión unilateral que disminuya las retribuciones actuales 

- Cuáles serán las futuras plantillas de las fiscalías y de los juzgados de instrucción o mixtos. Para CCOO es igualmente inaceptable que se pudiera pretender la movilidad forzosa

POR ELLO, DESDE CCOO HEMOS SOLICITADO AL MINISTERIO DE JUSTICIA LA CONVOCATORIA URGENTE DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN

√ EN CUMPLIMIENTO DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO QUE OBLIGA A NEGOCIAR LAS MODIFICACIONES ORGANIZATIVAS QUE AFECTEN A LAS CONDICIONES DE TRABAJO

√ PARA GARANTIZAR LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL Y QUE NO HABRÁ PROCESOS DE MOVILIDAD FORZOSA NI PÉRDIDA DE PUESTOS DE TRABAJO

NEGOCIACIÓN ¡¡YA!! DE LA NUEVA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL

En otro orden de cosas, CCOO hacemos la siguiente valoración de esta medida:

1.- El traspaso de la investigación criminal al Ministerio Fiscal en el proceso penal no es una prioridad ante los gravísimos problemas que afectan a la Administración de Justicia. Para atender la sobrecarga de trabajo actual en multitud de órganos judiciales, fiscalías y servicios no jurisdiccionales lo urgente es

  • incrementar el número de oficinas y plantillas de todos los cuerpos funcionariales y categorías profesionales del personal laboral,
  • mejorar significativamente los sistemas informáticos de gestión y comunicación,
  • efectuar un verdadero plan de formación continua del personal, especialmente orientado a las nuevas tecnologías, y
  • profesionalización y especialización de los trabajadoras y las trabajadoras a través, junto a la formación profesional, de Ofertas de Empleo Público con todas las vacantes, de una verdadera carrera profesional y de la clarificación de las funciones de cada puesto de trabajo

2.- El Ministerio Fiscal no es una institución independiente en la actualidad: es el Gobierno quien nombra a su titular “a dedo”; éste, a su vez, nombra “a dedo” a los cargos de mayor responsabilidad de las fiscalías, y éstos, a su vez, también “a dedo” nombran a los puestos intermedios de dichas fiscalías. Y todo el personal de la carrera fiscal está obligado a actuar acatando las directrices de la Fiscalía General del Estado

El ministro Campo ha anunciado que la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal obligará a una modificación del Estatuto del Ministerio Fiscal y, para garantizar la independencia de los y las fiscales en la investigación de los delitos respecto a los gobiernos de turno, es imprescindible modificar el sistema de nombramiento del/la Fiscal General del Estado y que no sea la discrecionalidad, sino el mérito y la capacidad, los que determinen los nombramientos en las jefaturas y puestos intermedios de las fiscalías. De lo contrario, este nuevo modelo de proceso penal estará abocado al más rotundo fracaso.

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HOY, 25N, DÍA INTERNACIONAL PARA LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES



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CCOO reitera al Ministerio de Justicia que apruebe ya que las vacaciones y permisos de 2020 pendientes puedan disfrutarse hasta, al menos, el 31 de marzo de 2021




El Ministerio de Política Territorial y Función Pública cambia de criterio ante la presión de CCOO en todos los ámbitos de la Administración y autoriza a los departamentos la ampliación del disfrute de vacaciones y permisos hasta marzo de 2021 

CCOO REITERA LA NECESIDAD DE QUE EL MINISTERIO DE JUSTICIA APRUEBE QUE LAS VACACIONES Y PERMISOS DE 2020 PENDIENTES PUEDAN DISFRUTARSE HASTA, AL MENOS, EL 31 DE MARZO DE 2021

CCOO se ha vuelto a dirigir al Ministerio de Justicia solicitando de nuevo la ampliación de las vacaciones y permisos de 2020 hasta al menos el 31 de marzo de 2021, pues con el cambio de posición de Función Pública ya no tiene excusas. Esta es el texto literal de la carta que hemos enviado:

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ACCESO Y PROMOCIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid a 25 de noviembre de 2020

Como sabe el Ministerio de Justicia en general, y esa Subdirección General en particular, CCOO viene demandando desde hace meses, y de forma reiterada cada poco tiempo, que se apruebe una norma que permita a todo el personal de la Administración de Justicia el disfrute de sus vacaciones y días de asuntos particulares correspondientes a 2020, hasta el día 31 de marzo de 2021

Esta petición tiene su fundamento, como hemos venido reclamando, en dos premisas:

- La necesidad de que durante los meses de diciembre y enero próximos el servicio público pueda estar atendido en las mejores condiciones, dado el altísimo número de personal que aún disponen de numerosos días pendientes de disfrutar, por la situación especial derivada de la pandemia, que ha obligado a numerosas personas, personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia, a no poder disfrutar sus días de permiso en condiciones normales, pues han sido, y durante largos períodos, las CCAA que han tenido su ámbito territorial cerrado ante el crecimiento de los casos por Covid 19

- La situación absolutamente excepcional para todo el personal (tanto personal funcionario como laboral) producida en 2020, que ha impedido disfrutar de la forma ordinaria sus vacaciones y permisos a cientos de compañeros y compañeras, al no poder desplazarse por el estado de la pandemia, teniendo en muchos casos que permanecer en sus localidades, e incluso en sus barrios, por el cierre realizado por las CCAA

Esa Subdirección siempre nos ha contestado con la negativa a aceptar nuestra propuesta, alegando que Función Pública no lo permitía. Si bien esta respuesta no nos satisfacía, y así lo expresamos una y otra vez, pues entendemos que el Ministerio de Justicia debía adoptar la medida solicitada por CCOO, en defensa del interés ciudadano y de los derechos de las y los trabajadores.

Pues bien, ahora la Subdirección de Relaciones Laborales del Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha emitido esta nota, dirigida a las organizaciones sindicales representativas de la Administración General del Estado en los términos siguientes:

“La Comisión Superior de Personal, en atención a las especiales circunstancias acaecidas durante este año

ACUERDA:

Que la fecha máxima para el disfrute de las vacaciones correspondientes a 2020 es, como regla general,  el  31 de enero de 2021,  de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 9.3 de la  Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos

Que no obstante lo anterior y de forma absolutamente excepcional,  las Subsecretarías de cada Ministerio, en el ámbito de sus competencias,  previa comunicación a la Secretaria de Estado de Política Territorial y Función Pública,  podrán autorizar el disfrute de las vacaciones correspondientes a 2020 hasta el 31 de marzo de 2021 en aquellas unidades que,  de no hacerlo y  dada su naturaleza y funciones suponga un riesgo cierto  o incluso colapso de la  prestación ordinaria de servicios públicos durante los meses de diciembre y enero de 2021

Que Igualmente, podrá autorizarse el disfrute de las vacaciones hasta el 31 de marzo de 2021 en aquellos casos específicos de peticiones de disfrute durante 2020 que hayan sido denegadas expresamente cuando el motivo de la denegación haya estado fundamentado en las necesidades del servicio para su correcta prestación.”

Un saludo

Subdirección General de Relaciones Laborales

Sin perjuicio de que para CCOO esta medida es absolutamente insuficiente, y así lo hemos trasladado a Función Pública, pues consideramos que es necesario autorizar este disfrute con carácter general, sin limitaciones subjetivas que quedan a elección de cada organismo, desde el Sector de la Administración de Justicia de CCOO demandamos de nuevo, dado que el argumento del Ministerio de Justicia para no aceptar nuestra reclamación ha sido siempre la negativa de Función Pública, negativa que ya no existe:

La extensión, al menos, hasta el 31 de marzo de 2021, del disfrute de las vacaciones y días de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2020 a todo el personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia


CCOO se dirigirá de inmediato también a todas las CCAA con competencias que no hayan aún autorizado la ampliación del disfrute de vacaciones y permisos de 2020, al menos hasta marzo de 2021 (alguna CCAA ya ha ampliado este disfrute más allá del mes de marzo de 2021), para que lo hagan y de forma inmediata

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CCOO defiende el ejercicio de la Abogacía y Procura por el personal de Gestión con titulación en Derecho sin necesidad de exámenes ni prácticas


19 nov 2020



Enmienda de CCOO al Proyecto de Ley de Acceso al ejercicio de la abogacía y procura

CCOO PROPONE A LOS GRUPOS POLÍTICOS DEL CONGRESO Y AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE EL PERSONAL DEL CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA QUE POSEA LOS TÍTULOS DE LICENCIATURA O GRADO EN DERECHO ESTÉ EXENTO DE LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS DE ACCESO Y PRÁCTICAS PARA EJERCER LA ABOGACÍA O COMO PROCURADOR/A

Otros colectivos funcionariales del grupo A ya están exentos de estas pruebas y prácticas y consideramos que tanto el contenido de las pruebas de acceso del proceso selectivo al cuerpo de Gestión como sus funciones y experiencia les faculta para el ejercicio de estas profesiones, igual que ocurre con otros cuerpos funcionariales

Se está tramitando en el Congreso el Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales y otras disposiciones

CCOO ha solicitado la modificación del punto 2 de la Disposición Adicional Tercera de dicha ley, cuyo texto actual es el siguiente:

Los funcionarios públicos que hayan accedido a un cuerpo o escala del grupo A en su condición de licenciados en Derecho estarán exceptuados de obtener el título de abogado o el título de procurador de los tribunales a los efectos descritos en el artículo 1 de esta ley, siempre que desempeñen funciones de asistencia letrada o asesoramiento jurídico. También estarán exceptuados quienes hayan ingresado en el Cuerpo de Letrados de las Cortes Generales, en alguno de los cuerpos de letrados de las asambleas legislativas autonómicas, en la Carrera Judicial, en la Carrera Fiscal, en el Cuerpo de Secretarios Judiciales, o en alguno de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas en su condición de licenciados en Derecho

Hemos solicitado que se apruebe en el Congreso un añadido a este texto que recoja que asimismo queda exceptuado el personal del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia que esté en posesión del título de licenciatura o de grado en Derecho

Las titulaciones exigidas para el ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa son el título de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente

El Cuerpo de Gestión pertenece al grupo A (subgrupo A-2) según lo establecido en el art. 76, en concordancia con la disposición transitoria tercera del Estatuto Básico del Empleado Público

A juicio de CCOO, quién está en posesión del título de licenciatura o grado en derecho (ya cumpliría así el requisito de titulación para ejercicio de la profesión de abogado/a o procurador/a) y pertenece al cuerpo de Gestión no solo dispone de los conocimientos teóricos exigidos en los estudios universitarios, sino que además ha mostrado, para la superación de las pruebas de acceso al cuerpo, un conocimiento específico del derecho, especialmente procesal pero también sustantivo, como puede demostrarse con el programa y temario exigido en la convocatoria de los procesos selectivos

El personal funcionario del cuerpo de Gestión tiene como función fundamental “colaborar en la actividad procesal de nivel superior”, tal y como se recoge en el art. 476.1 de la LOPJ, lo que es una muestra más de su cualificación práctica para el ejercicio de la abogacía y la procura. En el punto 2 del mismo artículo se dispone, además, que podrán ser nombrados Letrados de la Administración de Justicia sustitutos, siempre que reúnan los requisitos de titulación, lo que es una muestra más de su cualificación técnica teórica y práctica

En conclusión, la disposición adicional tercera, apartado 2, de la Ley de Acceso que se pretende enmendar, introduce excepciones a la necesidad de obtener el nuevo título profesional de abogado/a o procurador/a que afecta a funcionarios/as públicos/as y, dada su especial cualificación técnico-jurídica, tanto en el ámbito teórico como en el práctico, entendemos que entre estas excepciones debe reconocerse expresamente al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia que esté en posesión de los títulos habilitantes de licenciatura o grado en derecho

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CCOO gana otra importante sentencia sobre exclusión de vacantes del concurso de traslados, esta vez en la Comunidad de Madrid


17 nov 2020


 


OTRA IMPORTANTE SENTENCIA GANADA POR CCOO EN RELACIÓN CON LA EXCLUSIÓN DE CIENTOS DE VACANTES DEL CONCURSO DE TRASLADOS DE LOS CUERPOS DE GESTIÓN, TRAMITACIÓN Y AUXILIO JUDICIAL


 UN JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID, ESTIMA EL RECURSO PRESENTADO POR CCOO CONTRA EL CONCURSO DE TRASLADOS DE 2019 EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y, de acuerdo con lo solicitado en la demanda, ORDENA A LA CONSEJERÍA QUE OFERTE LAS PLAZAS VACANTES NO INCLUIDAS EN DICHO CONCURSO (más de 1.100 plazas) 


CCOO ha venido denunciando reiteradamente la absoluta falta de transparencia de la Consejería de Justicia en relación con la provisión de puestos de trabajo (incluido, comisiones de servicios, nombramiento y cese del personal interino, plazas que se convocan a la OEP, etc) y, muy particularmente, en relación con el irrisorio número de plazas vacantes que se vienen ofertando por la Consejería en el concurso de traslados anual. Y ello a pesar de que CCOO ha evidenciado la existencia de más 2.000 vacantes (muchas de las cuales no se han ofertado desde hace más de 10 años) que la Consejería ha venido negándose a identificar y, menos aún, a negociar e informar, pese a las reclamaciones de CCOO y de los/as trabajadores/as, de los criterios, que deben ser objetivos, transparentes y públicos, para determinar las plazas a incluir en el concurso de traslados. y, en su caso, de los motivos por los que no se ofertan al concurso

Pues bien, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 33 de Madrid, en sentencia del pasado día 12 de noviembre, ha estimado el recurso interpuesto por CCOO contra la Resolución de la Viceconsejería de Justicia de la Comunidad de Madrid, de convocatoria de concurso de traslados de 2019 para los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial, por la exclusión inmotivada de cientos de plazas vacantes de dicho concurso

El juzgado asume los argumentos de CCOO, y motivado en la prueba practicada a propuesta del sindicato y en los datos aportados como fundamentos de la demanda que no han podido ser desvirtuados por la defensa de la Consejería de Justicia, atendiendo a lo solicitado en el recurso, ordena a la Consejería de Justicia ofertar las plazas vacantes no incluidas en el concurso

Argumenta el órgano judicial que la potestad de autoorganización de la Administración (un mantra que, inaceptablemente, viene utilizando la Consejería de Justicia para hacer y deshacer a su antojo en relación con la gestión de personal), no implica que se ejerza sin sujeción a control alguno: su ejercicio tiene como contrapartida que la exclusión de ciertas plazas se motive, se justifique las necesidades organizativas que llevan a excluir ciertas plazas y a ofertar otras (…).” 

Y concluye que, “La resolución impugnada no se ha adoptado con base en la debida motivación por la Administración, vulnerando el principio constitucional de la interdicción de la arbitrariedad establecido en el art. 9.3 de la CE.”

CCOO celebra esta nueva sentencia ganada por el sindicato en reclamación de la inclusión de todas las plazas vacantes en el concurso de traslados. Ésta, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 33 de Madrid, es la primera referida al ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid y, de confirmarse su firmeza, tiene una importancia sustancial en el futuro, no sólo porque ordena a la Consejería de Justicia ofertar todas las vacantes no incluidas en el concurso de 2019 (que son más de 1.100 plazas), sino porque podría ser el principio del fin de la opacidad y arbitrariedad de la Consejería de Justicia (al menos en relación con el concurso de traslados), a la que obliga, so pena de nulidad, a tener que motivar documentalmente, y no de forma genérica, las vacantes que incluye y excluye de los concursos de traslados

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CCOO exige por escrito al Ministerio de Justicia modificaciones en el Proyecto de Ley de PGE 2021


13 nov 2020


 


CCOO SOLICITA POR ESCRITO AL MINISTERIO EL APOYO A LAS ENMIENDAS QUE HEMOS PRESENTADO, PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, A LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO

CCOO solicita al Secretario de Estado que desde el Ministerio de Justicia se trabaje activamente con el Gobierno, con el Ministerio de Hacienda y con los grupos parlamentarios (especialmente el Grupo Socialista y el de Unidas Podemos que sustentan al gobierno) para que se aprueben las enmiendas que hemos presentado

En el escrito presentado (que puede verse en este enlace) hemos trasladado al Secretario de Estado de Justicia las enmiendas que en materia del personal de la Administración de Justicia hemos propuesto a los Grupos Políticos del Congreso y la necesidad de mejorar las sedes y edificios:

- Autorización del gasto que permita la negociación de la Carrera Profesional

- Pago de los fondos adicionales del ámbito no transferido a quienes menos cobran dependiendo de la localidad en que están destinados y a quienes hacen funciones adicionales y no perciben retribución suficiente por ello, como el personal de Gestión de los Juzgados de Paz y Agrupaciones con funciones de secretaría

- Autorización del gasto que permita el incremento del Complemento Específico en el ámbito no transferido

- Reconocimiento sin necesidad de reclamación judicial de los períodos efectivamente trabajados y que no constan como cotizados a la Seguridad Social

- Dotación presupuestaria para el nuevo edificio del INTyCF de Sevilla

El Ministerio de Justicia tiene que demostrar su voluntad real de querer negociar el incremento del Complemento Específico en el ámbito del personal no transferido y desarrollar el derecho y el complemento de Carrera Profesional para todo el personal de Justicia

Hasta la fecha, según las propias manifestaciones de la representación de ese ministerio en las mesas de negociación ante las demandas sindicales en este sentido, se reconocían como justas y necesarias estas reivindicaciones que, según se decía, no podían negociarse por falta de autorización de Hacienda. Ahora es el momento de que el Ministerio de Justicia apueste por sus trabajadores y trabajadoras apoyando las modificaciones presupuestarias necesarias que hemos propuesto desde CCOO y que permitan acometer esta negociación y alcanzar un acuerdo satisfactorio para todo el personal, para la administración y, lo que es más importante, para el servicio público

El Ministerio de Justicia, ante la ausencia de acuerdo en la mesa de negociación, tiene que decidir el destino de los fondos adicionales de 2018, 2019 y 2020 y abonarlos a quienes finalmente se asignen

Aceptar la propuesta que formulamos desde CCOO para el ámbito no transferido no es más que un acto de coherencia, ya que es el mismo concepto (reducir las diferencias retributivas de los grupos de población) que han decidido para el pago de estos mismos fondos adicionales al personal de las carreras judicial y fiscal 

El Ministerio de Justicia está en la obligación de solucionar de una vez por todas la falta de reconocimiento por la Seguridad Social de períodos de tiempo trabajados y no cotizados

Cumplir los Acuerdos es una obligación de las partes en la negociación colectiva. Inexplicablemente sigue el Ministerio de Justicia sin dar cumplimiento a parte del acuerdo firmado con las organizaciones sindicales el 18 de diciembre de 2015 habiendo transcurrido casi cinco años desde su firma. Fruto de ese incumplimiento un colectivo numéricamente significativo de funcionarios y funcionarias de Justicia próximos/as a su jubilación se ven o se han visto obligados a acudir a los tribunales de Justicia a reclamar el reconocimiento de periodos de tiempo trabajados de forma efectiva y que por diversas causas no constan como cotizados a la Seguridad Social. No sería entendible ni aceptable que no se aceptase nuestra propuesta en este sentido para el reconocimiento definitivo de estos periodos de cotización

CCOO también ha solicitado la dotación presupuestaria para construcción de un nuevo edifico para el Instituto Nacional de Toxicología de Sevilla

Dignificar los servicios públicos incluye la dotación de sedes dignas y que cumplan los requisitos exigibles para el desarrollo del trabajo que se les tiene encomendado. La situación del edificio del INTyCF del departamento de Sevilla es una absoluta vergüenza desde hace años y ya no caben excusas para demorar la construcción del nuevo edificio que albergue en condiciones a este importantísimo servicio público del ámbito de nuestra Administración de Justicia

Y recordamos que, con carácter general, más allá del ámbito estricto de la Administración de Justicia, también desde CCOO hemos propuesto para el conjunto del sector público enmiendas para

1.- Que se incrementen los haberes reguladores para el cálculo de las pensiones de clases pasivas para equipararlas paulatinamente a las que se perciben en régimen general de la seguridad social, muy superiores en los grupos de titulación A-2, C-1 y C-2 (Gestión, Tramitación, Auxilio, TEL y Auxiliares de la Laboratorio ingresados con anterioridad a 2011 en nuestro ámbito)

2.- Que se permita la convocatoria de Ofertas de Empleo Público con un número de plazas que no esté vinculado a la tasa de reposición y sí a las vacantes existentes y a las que previsiblemente vayan a producirse, reduciendo de forma obligatoria la temporalidad a un máximo del 8% y con sanciones para la administración que no lo cumpla

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CCOO propone enmiendas a los Presupuestos Generales del Estado para 2021 que afectan al conjunto del Sector Público en general y al personal de la Administración de Justicia en particular


12 nov 2020



Desde CCOO, en nuestras enmiendas a los PGE, planteamos una subida de las retribuciones para recuperar el poder adquisitivo, así como mejoras generales en las condiciones laborales y jubilaciones

 

EL ÁREA PÚBLICA DE CCOO REIVINDICA EN SUS ENMIENDAS A LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO DE 2021 EL INCREMENTO DE LAS PLANTILLAS DE TODOS LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y QUE LA TEMPORALIDAD NO SUPERE EL 8%

 

Para el ámbito específico de la Administración de Justicia hemos planteado a todos los grupos políticos la autorización del gasto para negociar la carrera profesional, el reconocimiento a efectos de jubilación de los periodos trabajados y que no constan como cotizados y, en el ámbito no transferido, autorización de fondos para la subida del complemento específico y que se proceda al pago de los fondos adicionales de 2018, 2019 y 2020


La prioridad de CCOO es defender y reforzar los servicios públicos que en estos momentos de pandemia producida por la Covid-19 se han visto más necesarios que nunca. Para ello, es imprescindible atender las demandas de las empleadas y de los empleados públicos, empezando por la recuperación e incremento del empleo público, y por garantizar el poder adquisitivo y mejorar las condiciones de trabajo

El anteproyecto de presupuestos tiene elementos de mucho calado para todos los sectores públicos, por lo que desde el Área Pública de CCOO se proponen una serie de enmiendas (pueden verse en este enlace) que garanticen la prestación de los servicios a la vez que los derechos de más de tres millones de empleadas y empleados públicos

• Incremento retributivo. En relación con el artículo 18, en el que aparece el incremento retributivo, los PGE 2021 plantean una subida del 0,9%, hecho que resulta insuficiente para CCOO, por lo que se plantea una enmienda para que sea un 1,5% más un 0,75% de fondos adicionales. Esto se enmarca en la necesidad de mejorar las condiciones laborales de las empleadas y de los empleados públicos, y en la urgencia de negociar un acuerdo de legislatura que avance en la recuperación del poder adquisitivo perdido, entre un 11% y un 18% por los recortes, con un incremento global del 8% hasta 2023

• Ofertas de empleo público, contratos y nombramientos temporales. En el artículo 19 está una de las enmiendas más relevantes de CCOO. Para el sindicato es fundamental que no exista limitación alguna en la tasa de reposición para poder incrementar de forma estructural las plantillas en todos los servicios públicos, rebajando así la temporalidad sin limitaciones para que no supere el 8% en ningún sector. Hay que tener en cuenta que no se ha dado cumplimiento al I y II Acuerdo para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo, y que, si antes del inicio de la pandemia el porcentaje de temporalidad en los sectores públicos seguía por encima del 24%, después la temporalidad se ha disparado aún más. Esta precariedad es algo inaceptable y reprochable, y en algunos sectores y colectivos es absolutamente generalizada

CCOO ha propuesto una disposición adicional para asegurar la ejecución de las ofertas de empleo público pendientes de años anteriores, con medidas sancionadoras para las administraciones que no las cumplan

• Mejora de los haberes reguladores para las pensiones de clases pasivas de todos los grupos a partir del A2. Mejoras en las condiciones y jubilaciones de diferentes colectivos de diferentes sectores

ENMIENDAS RELATIVAS ESPECÍFICAMENTE AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

1.- Enmienda núm. 1 para que se autorice el gasto derivado de la negociación de la carrera profesional

2.- Enmienda núm. 21 para que se abonen los fondos adicionales de 2018, 2019 y 2020 destinándose a los grupos de población con menor retribución

3.- Enmiendas núm. 23 y 28 para que se autorice el gasto para el incremento del complemento específico del personal no transferido

4.- Enmienda núm. 29 para que se reconozcan a efectos de jubilación los períodos de tiempo trabajados que no consten como cotizados a la Seguridad Social


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