Desde CCOO Justicia tenemos el placer de informaros que nuestra nueva web ya está operativa.

La dirección de la nueva Web es www.justicia.fsc.ccoo.es

La Web antigua (esta), seguirá en uso, pero sin actualizarse, quedando a modo de archivo histórico, pudiéndose acceder desde la dirección http://ccoojusticia.blogspot.com

VISITANOS EN FACEBOOK CCOOJUSTICIA

CATALUNYA

935 548 864 / 629 24 30 47 ccoo.justicia@gencat.cat


CCOO denuncia el negocio del Gobierno con el Registro Civil


7 jul 2015



  • El PP va restando competencias a los Registros Civiles para atribuirlas a operadores privados o personal ajeno a la Administración de Justicia

Tras lograr con la presión la paralización de la privatización del Registro Civil y de su atribución a los Registradores Mercantiles, la lucha continua. Aun cuando el Ministerio de Justicia haya aceptado la derogación de la Ley 18/2014 y se posponga la entrada en vigor de la Ley de Registro Civil otros dos años, para que un Gobierno establezca de forma definitiva su modelo, PP y Ministerio siguen con su proyecto de ir suprimiendo competencias a los Registros Civiles, a fin de dejarlos como meros “registradores” y suprimir una de las funciones que siempre han tenido los Registros Civiles en España, que es la coadyuvar a la formación de hechos y actos del estado civil a través de los expedientes y otras actuaciones complementarias (matrimonios, nacionalidades, etc.), facilitando su posterior salida de nuestra administración e incluso su privatización. Y así lo está haciendo a través de diversas leyes, algunas ya publicadas en el BOE.

1.- Ley Cora, de modificación de la Ley de Registro Civil (pendiente de aprobación en el Senado)

Después de conseguir paralizar la privatización de los Registros Civiles, esperábamos que el Gobierno aprobase y publicase la derogación de la misma junto con la ampliación de la “vacatio legis” de la Ley 20/2011 hasta julio de 2017 sin más, pero esto parece que no va a ser así ya que en el proyecto de Ley “Cora”, que esperan aprobar esta semana, se van a incluir varios “añadidos”:

Que las inscripciones de nacimiento y defunción se puedan promover desde los hospitales, por personal sanitario o administrativo. 

Nacimientos: en la práctica va a ser casi imposible que los padres no acaben viniendo al Registro civil después de promover la inscripción desde los hospitales, y ello sin contar con las grandes dificultades técnicas que ello supone. Los compañeros y compañeras, y Jueces, nos indican que sólo los hijos de españoles nacidos dentro de matrimonio se podrían tramitar sin problemas, dejando fuera la gran mayoría de casos (extranjeros, no matrimoniales, in Vitro…). Los datos se mandarán desde los hospitales y los Registros Civiles tienen que comprobarlos, si están bien los usuarios tendrán que ir a recoger sus libros de familia, en caso contrario se tiene que incoar un expediente con el correspondiente retraso en el trámite (actualmente se pide cita o se va directamente al registro civil y con la documentación del hospital se practica la inscripción en unos 15 minutos). ¿A quién beneficia esta medida? A las y los usuarios no, los trabajadores/as de hospitales públicos no quieren hacerlo por falta de garantías y, además, entienden que no son sus funciones, sólo los hospitales privados pueden beneficiarse al cobrar este servicio.

Defunciones: nos encontramos con los mismos problemas y las funerarias se han opuesto frontalmente a tal medida al suponer un mayor coste de los servicios que facturan a sus usuarios, ya que son ellos los que se ocupan de los trámites ante los Registros Civiles.

Todo esto puede pasar ya que el Gobierno en su prepotencia no ha consultado con quienes llevamos años registrando nacimientos y defunciones.

Adquisición de la nacionalidad española por residencia. 

La fase de instrucción correspondería íntegramente a la Dirección General de los Registros y del Notariado, los Registro Civiles sólo tienen competencias en la parte final del expediente, para recibir el juramento y la práctica de la inscripción de nacimiento y nacionalidad. Como es evidente que la Dirección General de los Registros y del Notariado carece de los medios y personal necesario para instruir los más de 100.000 expedientes anuales de adquisición de nacionalidad por residencia, delegará su instrucción en otros "operadores", además habrá que pagar 100 € por expediente, contradiciendo todo lo afirmado sobre la gratuidad del Registro Civil. Esta es una maniobra para otorgar su parte del pastel a los Registradores que ya han invertido mucho dinero en la plataforma electrónica. Todos los trámites se harán on line, evitando así la atención a la ciudadanía.

No se puede utilizar la derogación de la privatización del Registro Civil para colarnos medidas supuestamente modernizadoras pero que van a causar más inconvenientes que ventajas, y además reformar por la puerta de atrás los expedientes de nacionalidad atribuyendo la competencia para toda su instrucción al órgano que ha mostrado sobradamente su incapacidad para tramitar la pequeña parte que hoy le corresponde.

2.- Ley 25/2015, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.

Esta Ley consagra la privatización del expediente para acreditar la condición de sefardí originario atribuyendo su instrucción a los Notarios, cuando debería haber correspondido a los Consulados de España en el extranjero, o en su defecto a los Registros Civiles principales. Nadie entiende ni nada justifica que los Notarios realicen la tramitación de estos expedientes con el preceptivo cobro de los aranceles correspondientes, más otros 100 € de tasa. Los perjudicados serán las personas sefardíes que quieran tener la nacionalidad española, básicamente por motivos sentimentales, y se abre el melón de las privatizaciones de trámites de los Registros Civiles.

3.- Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria (BOE 3/7/2015)

Esta ley permite la tramitación de los expedientes de matrimonio civil y la celebración de las bodas a los Notarios (previo pago del arancel correspondiente) y a los Secretarios Judiciales no integrados en los Registros Civiles, y suprime la competencia de los Encargados de los Registros Civiles para celebrar bodas. Su entrada en vigor se pospone hasta el 30.06.2017.

En definitiva, el Gobierno quiere restar competencias públicas a los Registros Civiles para dejarlas en manos privadas (notarios y registradores no son funcionarios públicos) que harán negocio a costa de la ciudadanía, todo ello sin que suponga ningún beneficio ya que se van que hacer más trámites, en más lugares y en más tiempo.

CCOO va a seguir luchando para que los Registros Civiles sigan siendo “totalmente” públicos, gratuitos y servicios por funcionarios de la Administración de Justicia.
Imprimir artículo