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AVANZA EN EL CONGRESO LA CONSOLIDACIÓN DEL REGISTRO CIVIL DENTRO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA


15 mar 2021




  • El texto, que será votado este martes 16 de marzo. dota de competencias propias en la materia a los Juzgados de Paz. tal y como CCOO había reclamado insistentemente.

LOS INFORMES DE LA PONENCIA SOBRE LA PROPOSICIÓN DE LEY DE REGISTRO CIVIL CONSOLIDA A ÉSTE DENTRO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y SUS OFICINAS COMO CENTRO DE DESTINO

EL TEXTO, QUE SERÁ VOTADO ESTE MARTES 16 DE MARZO, DOTA DE COMPETENCIAS PROPIAS EN LA MATERIA A LOS JUZGADOS DE PAZ, TAL Y COMO CCOO HABÍA RECLAMADO INSISTENTEMENTE

EL INFORME, SIN EMBARGO, SE ECHA ATRÁS EN LA POSIBILIDAD DE QUE LAS SOLICITUDES DE NACIONALIDAD SE PRESENTEN EN LOS REGISTROS CIVILES Y MANTIENE ANACRONISMOS CONTRA LOS QUE SEGUIREMOS TRABAJANDO EN LA TRAMITACION EN EL SENADO

Madrid, a 15 de marzo de 2021

Aparecen publicados en la web del Congreso de los Diputados los informes de la ponencia de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados sobre la Proposición de Ley de reforma de la Ley 20/2011, de Registro Civil, cuya entrada en vigor está prevista para el 30 de abril de este año.

Tras la presentación de las enmiendas por los Grupos Parlamentarios, la Mesa del Congreso ha decidido desglosar de la Proposición de Ley la enmienda nº 65, presentada conjuntamente por PSOE y Unidas Podemos, relativa a la modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en materia de registro civil, para su tramitación como proposición de ley separada, de carácter orgánico y de forma simultánea a la modificación de la Ley 20/2011.

Por lo tanto, son dos los textos que van a someterse a votación por la Comisión de Justicia el próximo día 16 de marzo, a propuesta de los informes de la ponencia:

  1.  La proposición de Ley Orgánica complementaria de la Ley por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de junio, del Poder Judicial.
  2.  La Proposición de Ley por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

El primero de los textos constituye la plena consolidación del Registro Civil dentro de la Administración de Justicia y su llevanza por el personal de dicha Administración, tal y como CCOO ha venido defendiendo desde la aprobación de la Ley 20/2011:

  •  Se introduce un artículo 439 bis, que constituye la Oficina de Registro Civil en el ámbito de la organización de la Administración de Justicia para encargarse de la llevanza del referido servicio público. Los Juzgados de Paz colaborarán en esta materia.
  •  Se establece que el personal de la Administración de Justicia desempeñará los puestos de trabajo de las unidades en que se estructuren las Oficinas de Registro Civil.

El segundo de los textos, la Proposición de Ley por la que se modifica la Ley 20/2011, contiene las enmiendas que han sido aceptadas por los Grupos parlamentarios y que no han sido rechazadas por el Ministerio de Justicia. A este respecto el Ministerio de Justicia ha hecho cierta criba en las enmiendas propuestas por el propio grupo parlamentario socialista, de forma conjunta con el de Unidas Podemos, y que a juicio de CCOO eran correctas.

En el texto final que va a someterse a votación se contienen en resumen las siguientes propuestas:

  • Existencia de Oficinas generales de Registro civil en todos los partidos judiciales. Su llevanza será compatible con las propias de la Oficina Judicial en aquellas poblaciones que no tengan Oficina Exclusiva, como en la actualidad.
  •  Se establecen las competencias que los Juzgados de Paz tendrán en materia de Registro civil, que tendrán la consideración de Oficinas Colaboradoras de Registro Civil, garantizando con ello que seguirán siendo pieza esencial en el servicio público y oficina cercana a la ciudadanía.
  •  Exclusividad de los LAJs como Encargados de las Oficinas de Registro civil, a partir de la implantación de DICIREG. Posibilidad de que los Jueces y las Juezas Encargadas de los actuales Registro Civiles Exclusivos continúen en los mismos, en situación de servicios especiales, si llevan en dichos registros civiles desde antes del 22 de julio de 2011.
  •  Las CCAA con competencias en materia de Administración de Justicia la seguirán teniendo sobre las Oficinas de Registro Civil.
  •  Dotación de firma electrónica al personal del Registro Civil que se determine reglamentariamente para la firma de asientos.
  •  Los Encargados de las Oficinas de Registro civil podrán celebrar matrimonios. 
  •  Incorporación a la digitalización de las inscripciones de nacimiento practicadas a partir de 1920 (hasta ahora sólo se incluyen las posteriores a 1950).
  •  Implantación progresiva del nuevo programa DICIREG, para la gestión del registro civil de forma enteramente electrónica, manteniendo los Registros civiles y los Juzgados de Paz las competencias actuales hasta la plena entrada en funcionamiento de DICIREG que será acordada por el Ministerio de Justicia.

CCOO comparte en gran medida las anteriores propuestas, que revertirán la situación creada tras la Ley 20/2011, conseguidas tras años de trabajo y con el compromiso y movilización del personal de la Administración de Justicia. Sin embargo, del texto que se va a someter a votación hay cuestiones que no compartimos, que en esencia son:

  • La libre designación de los Encargados de las Oficinas Central y Exclusivas de Registro Civil (a nuestro juicio debería ser por concurso singularizado)
  •  La supresión de las normas de competencia territorial propuestas como enmienda conjunta PSOE-UP en el artículo 10.1.
  •  La supresión de la posibilidad de que la ciudadanía pueda presentar su solicitud de nacionalidad a través de las Oficinas de Registro Civil, tal y como propuso de forma conjunta PSOE-UP.
  •  El mantenimiento de la competencia de los Notarios para tramitar expedientes previos al matrimonio civil.


CCOO seguirá trabajando por la mejora de la Ley en el trámite en el Senado. Dados los trámites que restan hasta su aprobación definitiva no se puede todavía garantizar que estas dos leyes estarán aprobadas antes del 30 de abril de 2021. Además el Ministerio de Justicia debe remitir a las organizaciones sindicales el borrador del Reglamento del Registro Civil, tal y como se comprometió en la última reunión sobre la materia.

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RC: BUENAS NOTICIAS. MUCHAS DE LAS PROPUESTAS DE CCOO SE ABREN PASO EN LA NEGOCIACIÓN


28 ene 2021


  


TRAS NUEVE AÑOS DE ACCIÓN SINDICAL DE CCOO (CON MOVILIZACIONES, PROPUESTA DE ILP, CON CONTACTOS PERMANENTES CON LOS GRUPOS POLÍTICOS, AYUNTAMIENTOS, DIPUTACIONES Y PARLAMENTOS AUTONÓMICOS, PRESENTANDO ENMIENDAS EN EL CONGRESO Y EL SENADO…) SE ABRE PASO LA CONTINUIDAD DE LOS REGISTROS CIVILES ATENDIDOS POR PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y CON OFICINAS EN TODOS LOS MUNICIPIOS

 

El Ministerio de Justicia presenta su proyecto de Registro Civil a las organizaciones sindicales, que mantiene al Registro civil como servicio público dentro de la Administración de Justicia, con sedes en todos los partidos judiciales y a los y las LAJS como Encargados/as de los Registros, atendiéndose gran parte de las propuestas de CCOO

 

SE CONVOCARÁN PRÓXIMAS REUNIONES PARA LA NEGOCIACIÓN DE LAS CONDICIONES LABORALES (RPT, COMPLEMENTOS DE DESTINO, ETC.) DEL PERSONAL QUE SEA DESTINADO FINALMENTE A LAS NUEVAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL

 

Madrid, a 27 de enero de 2021

 

El Ministerio de Justicia ha mantenido en la tarde de hoy una reunión con las organizaciones sindicales para exponernos su proyecto de Registro civil. Actualmente la Proposición de Ley está presentada por el PSOE en el Congreso y están pendientes de discutir las enmiendas. CCOO hemos mantenido desde la publicación de la Proposición reuniones con los grupos parlamentarios más significativos a fin de trasladarles nuestras propuestas.

 

El Ministerio de Justicia en la reunión ha esbozado un esquema de la futura organización del Registro Civil: opta por un Registro civil único, integrado dentro de la Administración de Justicia, servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia, con los LAJ como encargados de los mismos, con Oficinas Principales en todas las sedes de partidos judiciales y con competencias (sin determinar) de los Juzgados de Paz en esta materia.

 

La intención del Ministerio es poner en marcha el nuevo Registro civil a finales de abril de 2021 empezando por el Registro Civil Central y los Registros civiles exclusivos, con una nueva aplicación que se denominará DIGIREG que vendrá a sustituir a la actual Inforeg, y una posterior implantación progresiva de dicho programa en las Oficinas Principales y Juzgados de Paz.

 

El Ministerio quiere mantener el actual calendario de entrada en vigor de la Ley 20/2011, pero ya aventuramos que va a ser muy complicado que en los dos meses y medio que restan de vacatio legis se finalicen todos los trámites parlamentarios.

 

El resumen de las enmiendas a la Proposición de Ley presentadas de forma conjunta por el PSOE y Unidas Podemos, con la participación del Ministerio de Justicia, son :

 

·         Mantenimiento del Registro civil como servicio de la Administración de Justicia, regulando las Oficinas de Registro civil en la LOPJ de forma diferenciada de las Oficinas Judiciales. Las CCAA con competencias en materia de Administración de Justicia la seguirán teniendo sobre las Oficinas de Registro Civil.

·         Existencia de oficinas principales en todos los partidos judiciales, suprimiendo la posibilidad inicial de agrupar oficinas de varios partidos judiciales.

·         Mantenimiento, sin concretar pero más allá de la mera recepción de escritos, de las competencias de los Juzgados de Paz en materia de Registro civil, exceptuando la posibilidad de practicar asientos electrónicos y firmar resoluciones expresas.

·         Exclusividad de los LAJs como Encargados de los Registro civiles, sin posibilidad de nombrar a funcionarios del Grupo A1 licenciados en Derecho ajenos a la Administración de Justicia. Posibilidad de que los actuales Magistrados Encargados de Registros civiles exclusivos, si tomaron posesión antes de junio de 2011, sigan ocupando su plaza pasando a servicios especiales.

·         Restablecimiento de normas de competencia territorial para la extensión de numerosos asientos, incluyendo las resultantes de adopción internacional, adquisición de nacionalidad española por residencia, opciones e inscripción de matrimonios derivadas de aquélla.

·         Incorporación a la digitalización de las inscripciones de nacimiento practicadas a partir de 1920 (hasta ahora sólo se incluyen las posteriores a 1950).

·         Implantación progresiva del nuevo programa DICIREG, para la gestión del registro civil de forma enteramente electrónica, empezando por el Registro Civil Central y los Registros Civiles Exclusivos. DICIREG además permitirá la captura de información de la aplicación de tramitación de las solicitudes de nacionalidad para la práctica de las inscripciones derivadas de la nacionalidad (de la misma forma que se hacía con Inforeg).

·         Dotación de firma electrónica al personal del Registro Civil que se determine reglamentariamente para la firma de asientos.

·         Posibilidad de que los ciudadanos y ciudadanas extranjeras puedan presentar sus solicitudes de adquisición de nacionalidad española también a través de los Registros civiles.


CCOO comparte muchas de las propuestas que recoge la Proposición de Ley presentada por el PSOE, así como las contenidas en las enmiendas presentadas de forma conjunta por PSOE-Unidas Podemos, que mejoran dicha Proposición y que en algunos puntos aceptan las propuestas elaboradas por CCOO. No obstante hemos solicitado al Ministerio de Justicia:

 

·         Que los y las Notarios no tengan competencia en materia de tramitación de expedientes de matrimonio civil, poniendo fin a la externalización/privatización de servicios registrales.

·         Que no se vincule la existencia de Oficinas Principales sólo a ser sede de partidos judiciales, debiendo haber una Oficina Principal en cada población mayor de 20.000 habitantes que no sea sede de partido judicial

·         Que se ponga fin al atasco que hay en las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia (el Ministerio ha afirmado que tiene pendientes de resolver unas 300.000 solicitudes).

·         Que se mantengan y definan las funciones registrales que tendrán los Juzgados de Paz, sean o no servidos por personal de Justicia, de forma que la modernización del Registro Civil no suponga merma del servicio que recibe la ciudadanía cualquiera que sea su lugar de residencia.

·         Que se proporcione mayor información sobre el proceso de digitalización pendiente (gran mayoría de Juzgados de Paz y muchos asientos del Registro Civil Central) y la convivencia del futuro programa DICIREG con el actual Inforeg. 

·         Que se dé traslado a la mayor brevedad posible del borrador de Reglamento de Registro civil, por ser pieza fundamental en el desarrollo normativo del Registro civil en cuestiones tanto organizativas como orgánicas y técnicas.

El Ministerio se ha comprometido, a propuesta de CCOO, a mantener un nuevo contacto una vez que la Proposición de Ley sea aprobada por el Congreso y antes del trámite en el Senado, a fin de evaluar de nuevo la proposición e intentar su mejora en la Cámara Alta.

 

Asimismo, a requerimiento de CCOO, el Ministerio ha informado que el Anteproyecto de Reglamento del Registro Civil será publicado en breve para consulta e información pública, primer trámite para su posterior aprobación.

 

Ante la solicitud de CCOO de acometer un plan de actuación para el desbloquee los expedientes y juras de nacionalidad por residencia, el Ministerio ha informado que con los fondos europeos de resistencia contra la pandemia se va a acometer un plan que permitirá resolución definitiva de 200.000 expedientes en el año 2021.

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Registro Civil: modificación del Reglamento adquisición nacionalidad española por residencia


2 dic 2020



Se ha publicado en el BOE de 2 de diciembre:


MINISTERIO DE JUSTICIA
Nacionalidad española


Real Decreto 1049/2020, de 1 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, aprobado por el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre.

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CCOO remite a los grupos parlamentarios en el Congreso, y al Ministerio de Justicia, las propuestas de enmiendas a la proposición de Ley de Modificación de la Ley de Registro Civil


3 nov 2020



CCOO remite a los Grupos Parlamentarios en el Congreso y al Ministerio de Justicia sus propuestas de enmiendas (ver en este enlace) a la Proposición de Ley de Modificación de la Ley 20/2011, de Registro Civil

Entre las enmiendas que CCOO presenta, dos imprescindibles: el mantenimiento de los Juzgados de Paz como Oficinas Delegadas del Registro Civil y el establecimiento de Oficinas Generales de Registro Civil en localidades de más de 20.000 habitantes que no sean capitales de Partidos Judiciales

CCOO ha mantenido reuniones con la mayoría de los grupos parlamentarios, y se ha dirigido a la FAMP y Asociaciones de Municipios Autonómicas a fin de trasladarles sus propuestas sobre Registro civil

CCOO presentó la semana pasada a los Grupos Parlamentarios en el Congreso de los Diputados y al Ministerio de Justicia sus propuestas de enmiendas a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 20/2011, de Registro Civil, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista a instancias del Ministerio de Justicia, así como al Proyecto de Ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, que contiene normas que igualmente afectan a la normativa de Registro Civil. Asimismo, ha mantenido en el último mes reuniones con la gran mayoría de grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados, con los que ha compartido sus propuestas en esta materia, y ha dirigido nuevamente a la FAMP y a las asociaciones de municipios autonómicas con igual fin

En estas reuniones y en las propuestas de enmiendas remitidas, CCOO considera que la Proposición de Ley de modificación de la Ley 20/2011 constituye un avance importante respecto de la redacción original de dicha Ley, pues la proposición incluye dos cuestiones que no se incluían en el texto original, que han sido piedra angular de las reclamaciones efectuadas desde hace 10 años por CCOO y que se han conseguido gracias a la presión y movilización del conjunto de los trabajadores y trabajadoras de la Administración de Justicia: que haya una Oficina General de Registro Civil en cada partido judicial; y que sea el personal de la Administración de Justicia el que en exclusiva preste servicio en las Oficinas Generales de Registro civil

Pero más allá de estas importantísimas novedades, CCOO considera que la proposición se queda corta en la reforma necesaria de la Ley 20/2011 para que el Registro Civil siga siendo un servicio público cercano a toda la ciudadanía. Por ello ha presentado un conjunto de enmiendas, algunas al texto de la Proposición de Ley y otras al articulado de la Ley 20/2011, para hacer ello efectivo, siendo las más esenciales las siguientes:

- Mantenimiento de los Juzgados de Paz como Oficinas Delegadas de Registro Civil, con competencia para seguir practicando inscripciones principales, expidiendo certificaciones y recogiendo solicitudes de todo tipo como hasta ahora. El Secretario o Secretaria del Juzgado o Agrupación de Juzgados de Paz debe ser el responsable de dicho Registro Civil delegado

- Establecimiento de Oficinas Generales de Registro Civil en todas las localidades de más de 20.000 habitantes que no sean capitales de partidos judiciales, pudiendo ser su Encargado el de la Oficina General de dicha capital

- Supresión de la posibilidad contenida en la Proposición de Ley de agrupar varios partidos judiciales en una Oficina General

- Establecimiento de la exclusividad de los LAJ para ser Encargados de las Oficinas Generales. Posibilidad de sustitución de los mismos por Gestores Licenciados o con grado en Derecho

- Establecimiento de normas de competencia territorial para resolver y practicar inscripciones, que eviten la elección arbitraria de la Oficina de Registro Civil a la que se pueden dirigir particulares, Notarios, Juzgados y organismos públicos

- Digitalización de los nacimientos desde el año 1920, y matrimonios, defunciones y tutelas desde 1950, de todos los Registros Civiles incluyendo los Consulares, de cara a su incorporación a folio único personal

- Entrada en vigor de la nueva aplicación informática que permita el desarrollo del folio personal a partir del 1 de julio de 2021. Mantenimiento de las competencias actuales de Registros Civiles y Juzgados de Paz hasta la total incorporación de sus inscripciones al folio único personal

- Exclusividad de las Oficinas Generales para resolver los expedientes de matrimonio civil, suprimiendo la posibilidad de que se tramiten en Notarías

- Recuperación de la competencia para instruir las solicitudes de adquisición de nacionalidad española por residencia. En cualquier caso, debe permitirse a los ciudadanos y ciudadanas extranjeras presentar sus solicitudes de adquisición de nacionalidad española a través de las oficinas de Registro Civil

- Modificación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, a fin de que los Encargados de las Oficinas Generales sean los competentes para aprobar el reconocimiento de filiación paterna efectuado por menores de edad dentro del plazo para la inscripción de nacimiento

Al mismo tiempo CCOO ha presentado también al Ministerio de Justicia y Grupos parlamentarios diversas enmiendas (ver en este enlace) al Proyecto de Ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, dado que dicha norma afecta directamente al contenido del Registro Civil y del Código civil en dicha materia. En resumen, se propone:

- La supresión del expediente de autorización para solicitar la nacionalidad española en nombre de hijos menores de 14 años, que debería limitarse a cuando los solicitantes no sean los progenitores del menor, convirtiendo este expediente en uno de Jurisdicción Voluntaria

- La supresión de la indicación de los apoderamientos que incluyen cláusula de subsistencia en caso de incapacidad, ya que el proyecto de Ley modifica el artículo 1732 del Código Civil suprimiendo la extinción del poder por la incapacitación sobrevenida del mandante y manteniendo su vigencia en caso de incapacidad como regla general, por lo que anotar su subsistencia resultaría redundante

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Tramitación en el Congreso de la modificación de la Ley del Registro Civil: la inmensa mayoría de los grupos políticos acogen la propuesta de CCOO


16 sept 2020



Comienza la tramitación parlamentaria de la modificación de la Ley 20/2011 del Registro Civil

EL PLENO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS DA LUZ VERDE A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY DEL GRUPO SOCIALISTA Y LA INMENSA MAYORÍA DE LOS GRUPOS POLÍTICOS ACOGEN LA PROPUESTA DE CCOO E INSTAN AL MANTENIMIENTO DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL EN TODAS LAS POBLACIONES, SEAN EN LAS ACTUALES CABECERAS DE PARTIDOS JUDICIALES O EN LAS QUE TIENEN JUZGADO DE PAZ

En el trámite de enmiendas CCOO seguirá impulsando las modificaciones a la propuesta del PSOE para que se garantice la existencia de oficinas del Registro Civil en todas las localidades, incluidos todos los Juzgados de Paz, un plazo determinado para la digitalización de todos los libros actuales y la competencia exclusiva para todos actos y expedientes registrales, como el de matrimonio civil

Mientras el Ministerio de Justicia sigue incumpliendo su compromiso de negociar y consensuar con las organizaciones sindicales el nuevo modelo del Registro Civil, las actuaciones de CCOO desde hace años ante los grupos parlamentarios han propiciado una mayoría en el Congreso en defensa del mantenimiento de todas las oficinas del Registro Civil actuales, tanto en los partidos judiciales como en los juzgados de paz

Como muestra, la presión de la acción sindical, de trabajadores/as y ciudadanía, han hecho evolucionar al PP desde la ambición del exministro Gallardón por privatizar el Registro Civil hasta hoy, en que asume como propias las reclamaciones que CCOO le ha exigido en los últimos años en este sentido, hasta tal punto de que en debate parlamentario realizado en el día de ayer el portavoz del Grupo Popular señaló como una “línea roja” para apoyar esta modificación legislativa el mantenimiento de todas las oficinas actuales en todas las poblaciones

Junto al Partido Popular, las portavocías de Unidas Podemos, Esquerra Republicana de Catalunya, Ciudadanos, EH Bildu, Bloque Nacionalista Galego, Partido Regionalista de Cantabria y Foro Asturias intervinieron también en defensa del mantenimiento de las oficinas en las localidades con Juzgados de Paz, apoyo inmensamente mayoritario que, esperamos, obligue al Grupo Socialista y al Ministerio de Justicia a aceptar esta posición

Recordemos que la Proposición de Ley del Grupo Socialista que ahora será tramitada y enmendada no recoge el mantenimiento de todas las oficinas actuales sino que regula que “existirá una Oficina General del Registro Civil en todas las poblaciones que sean sede de la capital de un partido judicial” pudiendo agruparse dos o más de estas oficinas generales, y, en cuanto a los juzgados de paz, que “se podrán crear Oficinas Generales adicionales mediante transformación de las existentes en los Juzgados de Paz” solo en circunstancias excepcionales

Con el actual texto de la proposición de ley y tras las intervenciones de los distintos grupos políticos queda también garantizada la reivindicación que CCOO y todo el personal de justicia hemos defendido desde que en 2011 se aprobó la Ley del Registro Civil, para que este servicio público sea atendido exclusivamente por funcionarios y funcionarias de justicia. Aunque se prevé inicialmente que personal del subgrupo A1 de la AGE pueda, junto con el cuerpo de LAJ, ser el/la Encargado/a, esperamos una modificación de esta disposición para que sólo pueda ser desempeñado este puesto por los/as LAJ como así han defendido numerosos grupos políticos, como Unidas Podemos y Ciudadanos

Señalamos por último que CCOO sigue apostando por una total informatización de este servicio público. Con la entrada en vigor de la Ley, en cuanto al folio único personal que va a sustituir a las actuales secciones de Nacimientos, Matrimonios, Defunciones y Tutelas y representaciones legales se plantea el siguiente problema:

Hay que traspasar toda la información de los libros actuales al folio único personal. En la actualidad están digitalizados el 90% de los libros desde 1950 (en todas las capitales de los partidos judiciales y en muchos juzgados de Paz); de 1950 hacia atrás no hay nada digitalizado. En la proposición de ley se prevé la total digitalización, frente a la Ley actual que solo la prevé desde 1950. Una vez digitalizado quedaría trasvasar los datos al nuevo folio único personal. No hay ningún plazo dispuesto para esto en la Ley ni en la proposición de ley, y CCOO entiende que es un proceso largo y muy costoso

Mientras los libros estén solo en soporte físico únicamente se pueden expedir certificaciones en la oficina en que se encuentran dichos libros. Si se suprimen la mayoría de las oficinas de los juzgados de paz (aspecto en el que estamos en contra) habría que trasladar los libros de dichas oficinas a las cabeceras de partido judicial donde permanezcan las futuras oficinas para poder expedir las certificaciones

Por todo ello creemos que es preciso que el Ministerio de Justicia clarifique en cuanto a plazos cual es la previsión de todo este proceso de digitalización y traspaso al modelo de folio único personal. También es preciso que la Ley establezca de forma clara y precisa que, hasta la completa digitalización del Registro Civil, los Juzgados de Paz seguirán practicando las inscripciones y expidiendo los certificados como hasta ahora

En opinión de CCOO sería un desatino hacerlo “a trozos” y que para una misma persona estuviera una parte de los datos relativos a su estado civil en su folio único personal y otra parte en los libros físicos de las actuales secciones. Al menos para las personas vivas (es decir, desde 1920 hasta la fecha actual aproximadamente), debería establecerse un periodo de digitalización previo y determinado antes de la entrada en vigor del folio único personal

Así ha sido expresado en el pleno de ayer del Congreso por el portavoz de Unidas Podemos que ha recogido nuestra propuesta, y propondremos a todos los grupos las enmiendas necesarias para que estas propuestas, que reflejan el sentir de la mayoría de los trabajadores y las trabajadoras de los Registros Civiles, se incorporen al texto de la Ley 20/2011 del Registro Civil de forma definitiva



  • Votaron a favor PSOE, PP, Unidas Podemos, Ciudadanos, ERC, Bildu, Más País, Teruel Existe, Nueva Canaria, Coalición Canaria, Foro Asturias, BNGa, UPN,
  • Votaron en contra VOX, Junts per Catalunya y PNV
  • Abstenciones: CUP y Partido Regionalista de Cantabria
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