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CONCURSO DE TRASLADOS: Publicada la resolución definitiva del concurso entre Cuerpos Generales 2015


6 nov 2015



En el BOE de hoy se ha publicado la resolución del concurso de traslados entre personal funcionario de los cuerpos generales de la Administración de Justicia 2015.

Orden JUS/2327/2015, de 19 de octubre, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1052/2015, de 20 de mayo.















  • Para los funcionarios que se encuentren en activo, en servicios especiales o en excedencia voluntaria por el cuidado de familiares y no reingresen en ninguno de los Cuerpos o Escalas a que se refiere el presente concurso, no incluyéndose en ese punto a los funcionarios que se encuentren reingresados provisionales, el cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican: Tramitación Procesal y Administrativa, el 11 de noviembre de 2015; Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, el 16 de noviembre de 2015. 
    • EXCEPCIÓN: en el P. Vasco el cese deberá efectuarse el día 13 de noviembre de para todos los cuerpos. 
  • La toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso, para los funcionarios indicados en el punto anterior, se producirá: 
    • en los tres días naturales siguientes al cese, si no hay cambio de localidad del funcionario, 
    • en los ocho días naturales siguientes si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma
    • veinte días naturales si implica cambio de Comunidad Autónoma, 
    • Excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será de un mes , tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. 
  • El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso.  
  • Si la Orden comporta reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia en los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, procedentes desde las situaciones administrativas de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector públicoexcedencia voluntaria por interés particularexcedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, incluyéndose en este punto a los funcionarios que se encuentren adscritos provisionalesel plazo posesorio será de veinte días naturales y deberá de computarse desde el día de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado. Este plazo posesorio no será retribuido. 
  • En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se encontraran adscritos provisionales en el Cuerpo o Escala donde reingresan o en activo en otro Cuerpo o Escala de la Administración de Justicia y no quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración de Justicia, bastará con que, dentro del plazo posesorio de veinte días naturales tomen posesión en el nuevo Cuerpo o Escala, teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso. Para ello, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar a la Gerencia Territorial de Justicia de su actual destino, un permiso retribuido de dos días naturales si hay cambio de localidad, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse aCanarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días naturales, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio. La toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados. 
  • Para el supuesto de que un funcionario reingresado, tomara posesión antes de los días 11 ó 16 de noviembre en un órgano judicial en el que hubiera destinado un funcionario en activo o un funcionario adscrito provisional que debiera trasladarse al haber obtenido un puesto de trabajo en el concurso, no se seguirá el orden de cese establecido en el punto Quinto, sino que se deberá actuar de la siguiente forma:
    • a) El funcionario reingresado tomará posesión. 
    • b) El funcionario en activo o en adscripción provisional cesará el mismo día de la toma de posesión del reingresado, empezando a contarle al primero entonces el plazo posesorio indicado en el punto Sexto.
    • c) Si el funcionario cesado en el apartado b) tomara posesión en un órgano judicial ocupado por otro que aún no ha cesado, se actuará de igual modo que en los puntos a) y b), y así sucesivamente
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