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CCOO obtiene otra sentencia favorable para el abono del 100% de la paga extra de 2012, ahora en el País Vasco


9 feb 2015




Los Tribunales siguen dictando resoluciones que declaran la ilegalidad de la supresión de la paga extra de diciembre de 2012 al personal funcionario de la Administración de Justicia.

CCOO OBTIENE OTRO PRONUNCIAMIENTO FAVORABLE, ESTA VEZ EN EL PAIS VASCO, QUE OBLIGA A LA ADMINISTRACIÓN AL PAGO DEL 1OO%  DE LA PAGA EXTRA DE DICIEMBRE 2012 A UNA FUNCIONARIA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La sentencia avala los argumentos esgrimidos por CCOO en las demandas presentadas en los distintos ámbitos territoriales, cuando entró en vigor la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (norma que establece el derecho a percibir las pagas extras para el personal de la administración de justicia, y de rango superior a un Real Decreto Ley)  ya se había devengado la paga extra de diciembre 2012 en su totalidad por lo tanto no procede descuento alguno

CCOO obtiene otra sentencia favorable que obliga al abono del 100% de la paga extra de diciembre de 2012 a una funcionaria de la Administración de Justicia de el País Vasco, la sentencia dictada por la juez del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 6 de Bilbao es la primera sentencia en esta comunidad.

Como venimos informando CCOO ha presentado demandas en los distintos ámbitos territoriales para reclamar el abono del 100% de la paga extra de diciembre de 2012 argumentando, entre otras razones jurídicas, que una norma de rango inferior no puede modificar ni contravenir una norma de rango superior. El Gobierno de Mariano Rajoy suprimió la paga extra de diciembre de 2012 para todo el personal del Sector Público mediante el Real Decreto Ley de 13 de julio de 2012. En dicho RDL se establecía que la supresión de la paga extra para el personal de la Administración de Justicia se llevaría a cabo de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), norma que regula el derecho a la percepción de la paga extra para este colectivo, y de rango superior a un RDL.

La paga extra de diciembre del personal al servicio de la Administración de Justicia se devenga desde el 1 de junio hasta el hasta el 30 de noviembre. El Gobierno modificó la LOPJ mediante la Ley Orgánica 8/2012, publicada en el BOE el día 28 de diciembre de 2012, cuya entrada en vigor se fijó a partir del día siguiente, 29 de diciembre, casi un mes después de estar devengada en su totalidad la paga extra, por lo tanto no procedía descuento alguno.

Esta sentencia se une a los cientos de pronunciamientos de jueces que existen en el mismo sentido en los distintos ámbitos territoriales, y al Auto del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de fecha 21/11/2014 que cuestiona la legalidad de la supresión de la paga extra al personal de la Administración de Justicia, por eso CCOO vuelve a exigir al ministro Catalá y a todas las CCAA con competencias transferidas la devolución inmediata de la totalidad de la paga extra de diciembre de 2012 a todo el personal de la Administración de Justicia de toda España, porque su obstinación en no hacerlo demuestra de nuevo que el Gobierno sigue empeñado en no cumplir con lo establecido en la Constitución (normas no retroactivas) por mucho que sus palabras digan lo contrario. Imprimir artículo