La Web antigua (esta), seguirá en uso, pero sin actualizarse, quedando a modo de archivo histórico, pudiéndose acceder desde la dirección http://ccoojusticia.blogspot.com
*Nota: A las 10 fiestas nacionales y a las 2 autonómicas (en el caso de algunas CCAA –Baleares, Cataluña, Comunitat Valenciana, Galicia, Murcia- que determinan tres fiestas autonómicas, deberán elegir dos entre las tres posibles, siendo la no elegida fiesta recuperable; en el caso de Canarias por dos Decretos de 2017, cada isla incorpora una fiesta diferente hasta llegar al número de 12), habrá que añadir, en todos los casos, otras dos fiestas locales, hasta sumar 14 en total.Imprimir artículo