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El Ministerio de Justicia no acepta la interrupción del plazo por permisos o bajas en la toma de posesión de Tramitación, Promoción


26 jul 2012


EL MINISTERIO DE JUSTICIA ACTÚA DE FORMA INFLEXIBLE, Y SIN RESPETO A LOS DERECHOS LEGÍTIMOS DE LOS TRABAJADORES, Y NO RECONOCE QUE EL CÓMPUTO DEL PLAZO POSESORIO EN LA TOMA DE POSESIÓN DE TRAMITACIÓN P. INTERNA SE INICIE A LA FINALIZACIÓN DE LAS VACACIONES, PERMISOS, BAJAS.....

CCOO ha exigido al ministerio de Justicia que incluya en la resolución de toma de posesión de los aprobados de Tramitación promoción interna (como venimos haciendo en todos los procesos selectivos), QUE EL CÓMPUTO DEL PLAZO POSESORIO SE INICIE CUANDO FINALICEN LOS PERMISOS, BAJAS O VACACIONES DEL INTERESADO. 

En este caso (aprobados de Tramitación turno de promoción interna, OEP 2011) la exigencia de CCOO tenía aún más sentido, mientras el ministerio de Justicia se ha negado a que la publicación en el BOE no fuera en esa fecha tan complicada, 31 de julio, sabiendo que muchos trabajadores se encuentran de vacaciones y muchos otros las inician al día siguiente, con el consiguiente perjuicio para esos compañeros que deben tomar posesión y también para los compañeros interinos que ocupan hasta el momento las plazas que se cubrirán ahora. 

La decisión del ministerio de Justicia de no aceptar ninguna de nuestras demandas, es una demostración de la actuación de desprecio absoluto a los intereses de los trabajadores, que denunciamos, y de la falta de sensibilidad mínimas a los problemas de la gente que padece cada día más recortes a sus derechos. 

Nuestras peticiones eran absolutamente razonables: 1.- que los plazos de la toma de posesión comenzarán a contar en septiembre para aquellos que se encuentren de vacaciones o las vayan a iniciar de inmediato, y 2.- que al menos se aceptara, que para los compañeros que se encuentren de vacaciones, bajas o permisos, en el momento de la publicación en el BOE, no tengan que interrumpirlas, de igual manera a lo establecido para los concursos de traslado en el artículo 52.2 del RD 1451/2005 (Reglamento de Ingreso) que así lo establece.. 

Para CCOO, y así lo expresábamos en un correo remitido esta misma mañana, lo establecido para el concurso de traslado en relación al cómputo de plazos para la toma de posesión (inicio después de la finalización de las vacaciones, bajas...) era de aplicación también para la promoción interna, pues no existía ninguna regulación en contra y parece más que razonable que se aplique el mismo criterio para situaciones análogas. Pero de las numerosas gestiones realizadas ante el ministerio de Justicia, el resultado es el que os exponemos. 

Lo único que el ministerio de Justicia acepta es que los trabajadores que se encuentren de vacaciones, permisos o bajas, soliciten a la Administración competente (CCAA o ministerio de Justicia según cada caso) una prórroga de su toma de posesión, y si ésta es aceptada, podrían tomar posesión al finalizar el permiso o la baja. 

Estas decisiones del ministerio de Justicia son una vergüenza, y se adoptan en los momentos en que el gobierno agrede a millones de empleados públicos y a los ciudadanos, mientras es incapaz de exigir las responsabilidades de aquellos que han estafado los miles de millones de euros que han saqueado este país y nos han llevado al desastre.
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